“Que el derecho a abortar sea una realidad accesible, con procedimientos claros, públicos y de acceso universal, no sólo una ley que existe en el papel”
Diario Humano | La Paz, Baja California Sur (BCS). En el marco del Día de Acción Global por el Acceso al Aborto Legal y Seguro, la Asamblea Feminista BCS se manifiesta a través de un comunicado dirigido a las autoridades sudcalifornianas, gobiernos municipales y federal, así como a la ciudadanía en general, a través del siguiente pronunciamiento:
ASAMBLEA FEMINISTA BCS
Baja California Sur, 28 de septiembre de 2022.
PRONUNCIAMIENTO
A la Secretaría de Salud de Baja California Sur
A los gobiernos, secretarías y subsecretarías de nuestros cinco municipios, así como al gobierno estatal y federal
A todas las personas que habitan territorio sudcaliforniano
En el marco del Día de Acción Global por el Acceso al Aborto Legal y Seguro, #28SBCS2022, la Asamblea Feminista de Baja California Sur, conformada en esta ocasión por mujeres, hombres trans y personas no binarias, hacemos un llamado a todas las personas que habitan el territorio sudcaliforniano exigiendo la no criminalización y estigmatización hacia el aborto para que esta experiencia sea, más que un derecho, una vivencia válida y llevada a cabo en condiciones de libertad plena.
Celebramos la despenalización del aborto antes de la décimo segunda semana de gestación y la legalización de la Interrupción Voluntaria del Embarazo que entró en vigor a partir del Decreto 2832, en el cual se aprueban significativas modificaciones tanto al Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Baja California Sur como a la Ley de Salud para el Estado de Baja California Sur.
Así, en el artículo 62 de la Ley de Salud, queda establecido que:
“Las instituciones públicas de salud deberán proceder a la interrupción del embarazo, en forma gratuita y en condiciones de calidad, en los supuestos permitidos en el Código Penal vigente y en la NOM-046- SSA2-2005, cuando la mujer interesada o persona con capacidad de gestar así lo solicite.
Para ello, las instituciones de salud pondrán a disposición de las mujeres y personas con capacidad de gestar, servicios de consejería médica, psicológica y social con información veraz y oportuna de las opciones con que cuentan ellas y su derecho a decidir.
Cuando la mujer o persona con capacidad de gestar decida practicarse la interrupción de su embarazo, la institución deberá efectuarla en un término no mayor a cinco días, contados a partir de que sea presentada la solicitud y satisfechos los requisitos establecidos en las disposiciones aplicables.
Las instituciones de salud del Gobierno atenderán las solicitudes de interrupción del embarazo a todas las mujeres y personas con capacidad de gestar solicitantes, aun cuando cuenten con algún otro servicio de salud público o privado. El servicio tendrá carácter universal, gratuito y sin condicionamiento alguno”.
Pese a ello, las instituciones de salud a cargo del estado de Baja California Sur no han implementado procedimientos que hagan valer y respetar nuestro derecho a decidir. Por el contrario, no han hecho más que presentar obstáculos y postergar el ejercicio del derecho a abortar, al mismo tiempo que han ejercido violencia institucional a las personas interesadas, lo cual ha hecho imposible en la práctica lo que en la ley ya es un derecho.
Estas aseveraciones se sustentan en los testimonios de tres mujeres que han solicitado acceso a aborto en clínicas de salud, una en el municipio de La Paz y dos en el municipio de Los Cabos. Para la primera, ante la falta de información y protocolos sobre cómo llevar a cabo el trámite y el servicio en el Centro de Salud (clínica #34, clínica #1 del IMSS y Hospital General 1 Juan María de Salvatierra), así como la inversión de tiempo, recursos y desgaste emocional que le implicó la solicitud de interrupción voluntaria del embarazo, optó por llevar a cabo un aborto seguro en casa con medicamentos y acompañamiento. La información, el procedimiento y las acompañantas de aborto seguro que le apoyaron resultaron en una experiencia segura, libre, informada y amorosa. La falta de atención informada y el trato estigmatizante hacia la mujer y las acompañantas que la acuerparon en su proceso de solicitud fueron lamentables, violentas y entorpecieron el acceso al aborto seguro que la interesada quería ejercer en el Centro de Salud.
Respecto a las dos mujeres solicitantes en el municipio de Los Cabos, ni siquiera recibieron información sobre el proceso de solicitud, pues el personal de la institución les dijo que “en este hospital no hacemos abortos, sólo legrados”; “en este hospital no hacemos esas cosas”; “soy nueva y no te puedo dar esa información”; “te paso el número del doctor …, él los practica en su clínica privada y claro que tiene costo”.
Estas respuestas por parte del personal de los Centros de Salud —personal de orientación, médico y directivo— menoscaban los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y personas con capacidad de gestar que han solicitado aborto en condiciones de legalidad.
Actualmente, la Secretaría de Salud (SSA) asegura que los hospitales evitan lo más que pueden el legrado, pero no niegan que lo sigan practicando aunque la Organización Mundial de la Salud (OMS) ya ha determinado que es inseguro y deberían hacer sus procedimientos por Aspiración Manual Endouterina (AMEU); también asegura que cuenta con personal no objetor de conciencia, así como con el espacio, infraestructura, personal y herramientas para cumplir el Lineamiento técnico para la atención del aborto seguro en México en cualquier trimestre de gestación (en el caso de violación). A la par asegura que su personal recibe capacitación semestral de actualización para llevar a cabo abortos seguros e interrupciones legales del embarazo. En la práctica vemos demora, criminalización y negligencia en la SSA y en el ISSSTE, pero sobre todo en el IMSS.
Por otra parte está el incumplimiento de la Norma Oficial Mexicana 046-SSA2-2005, conocida como NOM 046, que establece los criterios a observar en la detección, prevención médica y orientación que se debe proporcionar a víctimas de violencia sexual, que incluye atención en crisis y posterior atención psicológica; ofrecer la anticoncepción de emergencia hasta un máximo de 120 horas después del abuso; pruebas de detección de VIH y otras infecciones de transmisión sexual; y servicio de interrupción voluntaria del embarazo en caso necesario. Es de nuestro conocimiento que el IMSS incumple este protocolo: no atiende de urgencia médica estos casos, no provee anticoncepción de emergencia ni pruebas de detección de VIH, tampoco ofrece atención psicológica para las víctimas, además de condicionar la atención presionando a las víctimas a denunciar ante el Ministerio Público, como sucedió en la clínica del IMSS #26 de Cabo San Lucas.
Hasta este momento sólo se tiene conocimiento que de septiembre de 2016 hasta diciembre de 2020, 153 personas víctimas de violencia sexual fueron atendidas por la Secretaría de Salud quien les proporcionó tratamiento profiláctico con antirretrovirales para la prevención de VIH-SIDA, sin mencionar si también se les brindó la atención en crisis y posterior atención psicológica, las pruebas de detección de VIH y otras enfermedades de transmisión sexual y si requirieron la anticoncepción de emergencia. Entre 2017 y 2020, sólo 7 personas solicitaron una interrupción voluntaria del embarazo, entre las que se encuentran niñas de 12 y 14 años 2 de edad. Es importante aclarar que estos datos no reflejan el número de casos totales de atención a víctimas de violencia sexual ni de abortos voluntarios practicados en el estado, ya que, por un lado, no incluyen la información del IMSS y del ISSSTE, quienes tienen su propia base de datos; por otro lado, está la cifra negra: los delitos que suceden y no se denuncian.
Exigimos a las instituciones de salud y de gobierno que hagan públicos los procedimientos a seguir para acceder al servicio de aborto en los diferentes centros de salud de sudcalifornia; en caso de no contar con ellos, exigimos con carácter de urgente su creación y divulgación a las mujeres y personas con capacidad de gestar. Exigimos que el Estado, a través de la Comisión Estatal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Coepris) en Baja California Sur, deje de condicionar la venta de misoprostol a través de receta médica: esto sólo pone en desventaja a quienes cuentan con menos recursos para trasladarse a solicitar un aborto legal en La Paz cuando podrían hacerlo en casa con el medicamento que la OMS ya hizo explícito que es de venta libre y cuyo uso es seguro para llevar a cabo abortos con la información adecuada y con un acompañamiento libre de estigmas.
Exigimos que el derecho a decidir sobre nuestros cuerpos sea respaldado por acciones concretas y pertinentes por parte del Gobierno a través de la Secretaría de Salud y demás instancias pertinentes: que el derecho a abortar sea una realidad accesible, con procedimientos claros, públicos y de acceso universal, no sólo una ley que existe en el papel pero que no representa una alternativa real para las mujeres y personas con capacidad de gestar de sudcalifornia.
Exigimos que el personal médico deje de criminalizar a las mujeres que acuden a sus instalaciones para recibir atención de emergencia a causa de abortos espontáneos, quienes son cuestionadas y revictimizadas al grado de hacerlas declarar ante el Ministerio Público (MP). Durante 2021, se registraron 414 abortos espontáneos atendidos sólo por la Secretaría de Salud (entre los cuales encontramos como usuarias a niñeces y adolescencias entre 10 y 17 años), lo cual deja en evidencia que el aborto es una vivencia muy común y que, por la causa que sea, natural o inducida, no justifica maltrato y tortura psicológica a la que someten a las mujeres y personas con capacidad de gestar durante su atención médica.
Además, se continúa criminalizando a las personas que acuden para recibir atención postaborto a los hospitales: en la historia de BCS se han abierto 144 carpetas de investigación por el delito de aborto y, aunque no hay personas cumpliendo una condena, privadas de su libertad, el Estado sigue promoviendo el castigo al abrir procesos penales en su contra. Tenemos derecho al respeto de nuestra dignidad humana, del ejercicio autónomo sobre nuestros propios cuerpos y del libre desarrollo de nuestra personalidad. Impedir a las mujeres y personas con capacidad de gestar el acceso a un aborto clínico violenta su derecho a la igualdad jurídica, a la salud y a la libertad reproductiva.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación fue muy clara en la Acción de Inconstitucionalidad 148/2017: “…no es suficiente con tener libertad para adoptar, autónomamente, las decisiones acerca de la propia salud y la libertad reproductiva, pues es fundamental contar con la correlativa asistencia para poder ejecutarlas adecuadamente, es decir, una decisión sobre la propia salud, como terminar un embarazo, no puede ser interferida arbitrariamente y, además, debe existir toda la infraestructura para poder llevarla a cabo: 3 servicios médicos seguros, disponibles, accesibles, aceptables, asequibles, respetuosos y de calidad”.
La obligación del Estado no termina en la creación de nuevas legislaciones y en las modificaciones pertinentes a las ya existentes. Es su responsabilidad y obligación que las leyes que de él emanen sean concretadas en acciones e instancias que permitan su adecuada ejecución. Las leyes, elaboradas para permitir el ejercicio pleno y la salvaguarda de los derechos ciudadanos, humanos, de las mujeres, personas con capacidad de gestar, niñeces, adolescencias y de los hombres, son la estructura a partir de la cual podemos promover el desarrollo de una ciudadanía y de una humanidad plena a lo largo y ancho de nuestro territorio.
