
Se pueden reportar los actos que atenten con el orden público y no contribuyan con el bienestar social
Diario Humano | La Paz, Baja California Sur. –Con la finalidad de disminuir conflictos vecinales o cualquier situación que ponga en riesgo la paz o altere el orden público, el equipo de Justicia Cívica encabezado por el Lic. Juan Luis Araiza Díaz, llevan a cabo la cobertura de estas peticiones a través de audiencias en atención a denuncias y reportes realizados por la ciudadanía y así brindar soluciones y evitar que escalen a faltas administrativas y/o delitos.
En ese sentido, el titular del juzgado cívico hizo mención de algunos artículos que exponen situaciones que pueden ser motivo de reporte o denuncia, de acuerdo al Bando de Policía y Buen Gobierno del municipio de Los Cabos: el artículo 64: son faltas contra la seguridad y tranquilidad de las personas por cuya comisión si aplicara una sanción, las cuales son: trepar bardas, enrejados o cualquier construcción para atisbar al interior de algún inmueble ajeno, las personas responsables de la guarda o custodia de un enfermo mental que deambule este libremente en un lugar público causando intranquilidad a los demás. Artículo 66: solicitar con falsa alarma los servicios de policía, bomberos o establecimientos médicos asistenciales de emergencia. Artículo 70: arrojar en un lugar público o privado no destinado para ello basura substancias fétidas, animales muertos o desperdicios orgánicos, químicos o infectocontagiosos.





