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Proponen quitar patria potestad a deudores alimentarios

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Impago por más de tres meses o condena grave serían causales; también se actualiza el régimen de divorcio y el lenguaje jurídico.

Impago por más de tres meses o condena grave serían causales; también se actualiza el régimen de divorcio y el lenguaje jurídico.

Diario Humano | La Paz, Baja California Sur. –Mediante modificaciones al Código Civil de Baja California Sur, la diputada Alondra Torres García (PT) propuso que deudores alimentarios morosos pierdan la patria potestad de los hijos o aquellos padres que dejen de hacer el pago de la pensión alimenticia por más de tres meses consecutivos.

La propuesta adiciona y reforma el artículo 507 del Código Civil estatal en tres aspectos; el primero para establecer como causar de perdida de la patria potestad al padre, madre, abuelo o abuela que “Deje de hacer el pago de la pensión alimenticia provisional o definitiva, a que se encuentre obligado, ya sea por convenio judicial o por sentencia firme, por más de tres meses consecutivos, o sea declarado deudor alimentista moroso”.

El segundo establece la perdida de la patria potestad cuando quien la ejerza sea condenado por delito grave; y el tercer aspecto propone que quede establecido el divorcio en forma genérica en sustitución de “divorcio necesario” ante la realidad normativa que, en su caso, sujetaría esta hipótesis estrictamente a los casos del divorcio vincular por causas objetivas.

La propuesta también sustituye el término menor por el de niños, niñas y adolescentes, incorporando un lenguaje inclusivo para mayor claridad y para armonizar con la legislación nacional.

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