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Se aprobó fidecomisos para OMSAPASLC

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OMSAPASLC
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El Congreso de BCS autorizó fidecomisos para la administración del cobro por la prestación de servicios de OMSAPASLC.

Diario Humano | La Paz, Baja California Sur.-

El Pleno del Congreso del Estado aprobó las iniciativas  de reforma presentadas por el XIV ayuntamiento de Los Cabos, que autorizan al Organismo Operador Municipal del Sistema de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Los Cabos (OMSAPASLC); para que, constituya y aporte a un fideicomiso maestro de administración; y/o modifique y aporte a un fideicomiso existente, el total una parte de /os recursos que cobre por la prestación de sus servicios.

Lo anterior, con base en, el artículo 27 fracción Vll y artículo 28 fracción ll. Además, aplicables de la Ley de Aguas del Estado de Baja California Sur.

En ese contexto, se destinará como garantía y/o fuente al tema de pago de las obligaciones a cargo del OOMSAPASLC; que en su caso deriven del CAPP.

También, el Municipio a su vez queda facultado para usar /os fondos de la afectación para constituir en el fideicomiso; al que se refiere el presente artículo o en uno ya constituido para tal  efecto, un fondo de reserva hasta por la cantidad equivalente a 3 meses de la contraprestación, que resulte a favor del desarrollador y, en su caso, a reconstituir dicho fondo en caso de ser requerido por el proyecto.

Así mismo, se aprobó la iniciativa para que el Organismo Operador Municipal constituya y aporte a un fideicomiso maestro de administración; y/o modifique y aporte a un fideicomiso existente, el total una parte de /os recursos que cobre por la prestación de sus servicios en términos del artículo 27 fracción Vll y artículo 28 fracción ll.

Además aplicables de la Ley de Aguas del Estado de BCS; cuyo fin principal sea transferir los recursos necesarios al pago de contraprestaciones de diferentes proyectos de infraestructura, del Organismo Operador Municipal del Sistema de Agua Potable y Alcantarillado y Saneamiento de Los Cabos.

Esto implica reformar los artículos cuarto, quinto y octavo del decreto 2731 y 2732, publicado en el boletín oficial del Gobierno del Estado de BCS.

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